Por Lola Pena. |
Uno de los problemas al
que se enfrentan día a día miles de mujeres rurales de casi cualquier lugar del
mundo es el de poseer un terreno en el que poder cultivar los alimentos con los
que después van a alimentar a su familia.
Si esa mujer tiene un
marido que es propietario de algunas parcelas de tierra, tal problema no
existe, porque ella podrá trabajar de sol a sol en ese terreno y podrá, con el
resultado de su trabajo, no sólo alimentar a su familia sino que incluso podrá
permitirse el lujo de vender los excedentes de su producción en el mercado
local. Con ello obtendrá unos beneficios que mejorarán la calidad de vida de la
familia. Los niños podrán ir a la escuela y sus perspectivas de futuro mejorarán
también.
Pero, ¿qué pasa si ese
marido fallece y la mujer rural se convierte en la cabeza de familia? La
respuesta es sencilla.
En
Camerún, por ejemplo, la tradición cultural en las zonas rurales concede el
derecho de herencia exclusivamente a los hombres. Las mujeres son las que producen el 80%
de los alimentos que consume el país pero son propietarias de apenas el 2% de
las tierras, de acuerdo con estadísticas de 2011 de la Red Camerunesa por la
Equidad de Género.
Las
mujeres campesinas en los países en desarrollo generan entre el 60 y el 80% de
la producción de alimentos. Pero para que puedan hacer un uso eficiente de la
tierra y pueden aumentar la seguridad alimentaria en sus comunidades, tendrían
que tener acceso a la titularidad de la tierra, y eso es lo que les falta.
Por
otra parte, en muchos países se establece por ley el acceso equitativo a la
tierra para todos los ciudadanos. Sin embargo, la realidad es otra, prevaleciendo
las prácticas tradicionales que discriminan a las mujeres.
La ley
en Bangladesh dice que el Estado tiene la obligación de asegurar
la equidad de las mujeres en cuanto a la posesión de la tierra y el derecho a
la herencia. Las autoridades gubernamentales deben tomar medidas para asegurar
el respeto del derecho de las mujeres a la tierra y a la herencia. Esto es lo
que dice la ley; no obstante, las prácticas tradicionales y la falta de
voluntad política y de medios económicos para poner en funcionamiento la ley
hacen que la mujer bangladeshí continúe sin un acceso equitativo a la propiedad
de la tierra.
Los casos de Camerún y Bangladesh son sólo unos ejemplos representativos de lo que ocurre en el mundo actual. Echando una ojeada a ese mundo vemos que el acceso de la mujer
a la tierra se basa en su estatus en el seno de la familia e implica el derecho
a su uso pero no a su propiedad.
En África son los usos y costumbres los que
excluyen a la mujer del derecho de propiedad; ésta se tiene a nombre del hombre
y, a su vez, sigue la rama masculina de la familia. El derecho de las viudas a
quedarse en la tierra de sus maridos no es seguro. Depende de las tradiciones
culturales presentes en el país o región del contiene del que se trate.
Por su
parte en Asia, la barrera más común para el acceso a una propiedad la forman
las leyes de herencia que privilegian al hombre respecto de la mujer; si una
mujer hereda una propiedad, es su marido quien se hace cargo de administrarla.
Formalmente, las mujeres hindúes ostentan derechos de propiedad, pero solo
mientras viven; a su muerte, ésa pasa de nuevo a la rama masculina.
En
América Latina, la discriminación deriva más bien del limitado estatus jurídico
de la mujer. En muchos casos aunque la mujer sea mayor de edad conforme a la
legislación del país en cuestión es su marido quien la representa en todas sus
facultades legales, incluida la propiedad de la tierra.
En muchos países de
América Latina y África toda esta situación se agrava aún más por el acaparamiento de tierras que están llevado a cabo las
grandes empresas multinacionales agroalimentarias y las familias más ricas de
la sociedad que llevan a situaciones extremas a las mujeres y a
comunidades rurales ante la pérdida total de su seguridad y soberanía
alimentaria
El derecho humano a la
alimentación debe poner uno de sus pilares fundamentales en un acceso
equitativo a la propiedad de la tierra para mujeres y hombres. Y mientras esto
no ocurra, mientras las mujeres rurales del mundo continúen sin acceso a la
tierra tampoco tendrás acceso a los alimentos.
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