domingo, 18 de noviembre de 2012

Sin acceso a la tierra no hay alimentos para las mujeres rurales

Por Lola Pena.

Uno de los problemas al que se enfrentan día a día miles de mujeres rurales de casi cualquier lugar del mundo es el de poseer un terreno en el que poder cultivar los alimentos con los que después van a alimentar a su familia.

Si esa mujer tiene un marido que es propietario de algunas parcelas de tierra, tal problema no existe, porque ella podrá trabajar de sol a sol en ese terreno y podrá, con el resultado de su trabajo, no sólo alimentar a su familia sino que incluso podrá permitirse el lujo de vender los excedentes de su producción en el mercado local. Con ello obtendrá unos beneficios que mejorarán la calidad de vida de la familia. Los niños podrán ir a la escuela y sus perspectivas de futuro mejorarán también.

Pero, ¿qué pasa si ese marido fallece y la mujer rural se convierte en la cabeza de familia? La respuesta es sencilla.

En Camerún, por ejemplo, la tradición cultural en las zonas rurales concede el derecho de herencia exclusivamente a los hombres. Las mujeres son las que producen el 80% de los alimentos que consume el país pero son propietarias de apenas el 2% de las tierras, de acuerdo con estadísticas de 2011 de la Red Camerunesa por la Equidad de Género.

Las mujeres campesinas en los países en desarrollo generan entre el 60 y el 80% de la producción de alimentos. Pero para que puedan hacer un uso eficiente de la tierra y pueden aumentar la seguridad alimentaria en sus comunidades, tendrían que tener acceso a la titularidad de la tierra, y eso es lo que les falta.

Por otra parte, en muchos países se establece por ley el acceso equitativo a la tierra para todos los ciudadanos. Sin embargo, la realidad es otra, prevaleciendo las prácticas tradicionales que discriminan a las mujeres.

La ley en Bangladesh dice que el Estado tiene la obligación de asegurar la equidad de las mujeres en cuanto a la posesión de la tierra y el derecho a la herencia. Las autoridades gubernamentales deben tomar medidas para asegurar el respeto del derecho de las mujeres a la tierra y a la herencia. Esto es lo que dice la ley; no obstante, las prácticas tradicionales y la falta de voluntad política y de medios económicos para poner en funcionamiento la ley hacen que la mujer bangladeshí continúe sin un acceso equitativo a la propiedad de la tierra.

Los casos de Camerún y Bangladesh son sólo unos ejemplos representativos de lo que ocurre en el mundo actual. Echando una ojeada a ese mundo vemos que el acceso de la mujer a la tierra se basa en su estatus en el seno de la familia e implica el derecho a su uso pero no a su propiedad.

En África son los usos y costumbres los que excluyen a la mujer del derecho de propiedad; ésta se tiene a nombre del hombre y, a su vez, sigue la rama masculina de la familia. El derecho de las viudas a quedarse en la tierra de sus maridos no es seguro. Depende de las tradiciones culturales presentes en el país o región del contiene del que se trate.

Por su parte en Asia, la barrera más común para el acceso a una propiedad la forman las leyes de herencia que privilegian al hombre respecto de la mujer; si una mujer hereda una propiedad, es su marido quien se hace cargo de administrarla. Formalmente, las mujeres hindúes ostentan derechos de propiedad, pero solo mientras viven; a su muerte, ésa pasa de nuevo a la rama masculina.

En América Latina, la discriminación deriva más bien del limitado estatus jurídico de la mujer. En muchos casos aunque la mujer sea mayor de edad conforme a la legislación del país en cuestión es su marido quien la representa en todas sus facultades legales, incluida la propiedad de la tierra.

En muchos países de América Latina y África toda esta situación se agrava aún más por el acaparamiento de tierras que están llevado a cabo las grandes empresas multinacionales agroalimentarias y las familias más ricas de la sociedad que llevan a situaciones extremas a las mujeres y a comunidades rurales ante la pérdida total de su seguridad y soberanía alimentaria

El derecho humano a la alimentación debe poner uno de sus pilares fundamentales en un acceso equitativo a la propiedad de la tierra para mujeres y hombres. Y mientras esto no ocurra, mientras las mujeres rurales del mundo continúen sin acceso a la tierra tampoco tendrás acceso a los alimentos.

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Por Lola Pena.